►El Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, en coordinación con los Gobiernos Regionales, ha iniciado un conjunto de acciones para la implementación del Registro Unificado Regional de Beneficiarios de los Programas Sociales en el marco de la Ley Nº 28540 y el Decreto Supremo Nº 002-2008-MIMDES (Reglamento de la Ley) que permita identificar a los beneficiarios en los distintos programas sociales a fin de mejorar la eficiencia y eficacia del gasto social.
►Son funciones de los gobiernos regionales las siguientes:
a) Empadronar a los beneficiados de los programas sociales que administran directamente, así como custodiar y administrar los padrones que se generen.
b) Administrar y actualizar la base de datos del Padrón de Beneficiarios de los programas sociales de su ámbito.
c) Difundir la información del Registro Unificado Regional de Beneficiarios de los Programas Sociales de su ámbito a través de su portal institucional y otros mecanismos pertinentes, en forma libre y gratuita, según lo estipulado en el artículo 7º y 8º del presente reglamento.
d) Apoyar técnicamente a los agentes de información dentro de su ámbito, en la Implementación del Registro Unificado Regional de Beneficiarios de los Programas. |